Parque Natural de Andalucía
Creada por la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, reconoce a aquellas empresas implantadas en los parques naturales de Andalucía, que ofrezcan al visitante unos productos y servicios diferenciados, asociados a los valores medioambientales de los parques y que contribuyan a dinamizar sus territorios con un compromiso de calidad de vida.
Esta marca, es aplicable a aquellos productos o servicios, contemplados en las normas recogidas en los anexos a la Orden de 15 de diciembre de 2004 y que se produzcan en el ámbito geográfico de los Parques Naturales de Andalucía y los municipios de menos de 100.000 habitantes incluidos parcialmente en aquellos.
Categorías de Productos y Servicios establecidas para la marca Parque Natural:
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Producto Artesanal, que procede de la transformación efectuada, mediante procesos total o parcialmente manuales, que impliquen que las características de dicho producto, se vean determinadas, al menos en parte, por la habilidad y experiencia del productor (norma CMA-PNA/PA).
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Turismo de naturaleza, cuyas actividades de ocio, han de realizarse al menos en un 75% en el interior del Parque Natural y ligadas al conocimiento y disfrute de su naturaleza del Parque Natural, implicando además, la promoción de los productos naturales y artesanos del mismo (norma CMA-PNA/TN).
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Producto Natural, que se obtiene directamente de la naturaleza o mediante procesos físicos simples de extracción o purificación, quedando expresamente excluidos los productos obtenidos de materias primas no renovables y, en el caso de productos agroalimentarios, procedentes de explotaciones acreditadas como "producción integrada" o "agricultura ecológica" (norma CMA-PNA/PN).
Requisitos para su obtención:
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Cumplimiento de la legislación sectorial y de la legislación medioambiental que aplique, adecuándose a los planes de ordenación o uso del espacio natural del que se trate. En el caso de productos alimentarios, además, cumplimiento de las normas de higiene para productos alimenticios y sistema APPCC.
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El productor, debe tener, establecidos documentalmente, los procedimientos para asegurar las especificaciones de calidad del producto o servicio.
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Compromiso de mejora continua del comportamiento medioambiental, incluyendo los objetivos a cumplir y el programa correspondiente.








